Formulario 820 del SUNAT ¿Qué es y para qué sirve?
El Formulario 820 es una herramienta utilizada por personas naturales que realizan actividades económicas de forma ocasional para justificar los costos o gastos relacionados con dichas actividades a efectos tributarios.
¿A quiénes se les exige la presentación del Formulario 820?
Aquellas personas físicas, parejas casadas y patrimonios indivisos que llevan a cabo una actividad económica de forma esporádica y requieren emitir un recibo que certifique la venta de un artículo o la provisión de un servicio deben presentar el Formulario 820.
¿A qué se denomina actividad económica no habitual?
La actividad económica no habitual se refiere a actividades económicas que se realizan de manera esporádica o eventual, y que no constituyen la actividad principal o habitual de la persona o entidad que las realiza. Estas actividades pueden incluir la transferencia de bienes, la prestación de servicios o el uso de un bien, entre otras. Es precisamente por esta característica de ser esporádicas que se utiliza el Formulario 820 en vez del típico comprobante de pago. El Formulario 820 permite a las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que realizan actividades económicas no habituales acreditar la venta de bienes o la prestación de servicios de manera efectiva y transparente.
¿Cómo obtener?
Así es, existen dos maneras de obtener el Formulario 820:
Te Recomendamos:- De manera virtual, descargándolo desde el siguiente enlace: https://www.sunat.gob.pe/orientacion/formularios/cp/SolicitudF-820.pdf.
- De manera presencial, solicitándolo en un Centro de Servicio del Contribuyente. Si deseas conocer las ubicaciones y horarios de atención de los Centros de Servicio del Contribuyente en Lima, puedes ingresar al siguiente enlace: http://desa.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/presencial_Lima.html. En otros lugares del país, puedes buscar la información correspondiente en la página web de la SUNAT.
¿Cúales son los requisitos?
los requisitos para solicitar el Formulario 820 es la siguiente:
- Para solicitar el Formulario 820, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser una persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa que realiza una actividad económica de manera esporádica.
- Estar registrado en la SUNAT como contribuyente y haber obtenido el RUC (Registro Único de Contribuyentes).
- Contar con un comprobante de pago que acredite la venta de un bien o la prestación de un servicio.
Además, para solicitar el Formulario 820, es necesario completar y presentar el formato "Solicitud del Formulario N° 820", en el cual se debe indicar la siguiente información:
- Datos de identificación de quien transfiere el bien, lo entrega en uso o presta el servicio.
- Datos de identificación de quien adquiere el bien, lo recibe en uso o usa el servicio.
Tipo de operación. - Descripción de la operación. En el caso de transferencia de bienes o su entrega en uso se indicará la cantidad, unidad de medida, marca, número de serie y/o motor, de ser el caso.
- Lugar y fecha de la operación. En el caso de entrega en uso de bienes o prestación de servicios se indicará el tiempo por el que se entrega el bien o presta el servicio, de ser el caso.
- Valor de cada bien que se transfiere, de la cesión en uso o del servicio.
- Importe total de la operación.
- Firma del solicitante.
- Es importante tener en cuenta que la presentación del Formulario 820 no exime al contribuyente de cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes y que este formulario solo puede ser utilizado para acreditar la venta de bienes o la prestación de servicios realizados de forma esporádica.
¿Cúal es el trámite?
Es importante tener en cuenta que la presentación del Formulario 820 debe ser realizada en un plazo no mayor a 7 días calendario después de haber realizado la operación. Además, en caso de haber realizado el pago correspondiente, debes incluir los documentos que lo sustenten. Una vez presentada la solicitud y revisada por el personal de SUNAT, se entregará el Formulario 820.
¿Cuál es el plazo para recibir la respuesta por la SUNAT?
El trámite de solicitud del Formulario 820 será aprobado automáticamente por SUNAT y se entregará dicho formulario, sin embargo, esto no impide una posible fiscalización posterior por parte de SUNAT. No existe un plazo establecido para que SUNAT dé respuesta al trámite ya que la aprobación es automática.
Te Recomendamos:¿Cuál es el límite de tiempo para que las personas naturales no habituales presenten el Formulario 820 para que las personas jurídicas puedan deducir gastos o costos en el Impuesto a la Renta?
de acuerdo con el Informe N° 73-2015-SUNAT/5D0000, no hay una fecha límite establecida para presentar el Formulario 820. Por lo tanto, es posible solicitarlo y entregarlo en un ejercicio posterior para que el pagador de la renta de tercera categoría que paga los intereses pueda justificar la deducción del gasto correspondiente.
TIPOS DE OPERACIÓN
En casos de operaciones inscritas en los registros siguientes, no será necesario presentar el Formulario 820 para sustentar gasto o costo para efecto tributario:
- Registro de Propiedad Inmueble y Registro de Bienes Muebles, administrados por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP.
- Registro Público del Mercado de Valores, administrado por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV.
- Registro de Propiedad Industrial, administrado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Industrial - INDECOPI.
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