Bono Lactancia de S/820 en EsSalud: requisitos, quiénes pueden cobrarlo y cómo solicitarlo

Bono Lactancia de S/820 en EsSalud: revisa requisitos, quiénes pueden cobrarlo, plazo para solicitarlo y cómo consultar el pago con DNI.
Requisitos para el Bono Lactancia Materna de 820 soles

Las madres de un recién nacido pueden acceder al llamado Bono Lactancia de S/820 cuando el padre o la madre cumple las condiciones de aseguramiento establecidas por EsSalud. Su nombre oficial es Subsidio por Lactancia y consiste en un pago único destinado a contribuir con los cuidados iniciales del bebé después de su nacimiento.

El beneficio corresponde a S/820 por cada hijo nacido vivo, por lo que en un parto múltiple el monto se reconoce individualmente por cada recién nacido. Para recibirlo se deben cumplir requisitos relacionados con los aportes a EsSalud, el vínculo laboral del asegurado y el registro del menor como derechohabiente; además, existen casos en los que el pago puede procesarse mediante la modalidad Lactancia Cero Trámites.

¿Qué es el Bono Lactancia de S/820 de EsSalud?

El denominado Bono Lactancia Materna es en realidad una prestación económica denominada Subsidio por Lactancia. EsSalud entrega este dinero a la madre del hijo recién nacido vivo de un asegurado titular regular o agrario con la finalidad de contribuir a sus cuidados iniciales.

Se trata de un pago único de S/820. No es una mensualidad, pensión ni préstamo y tampoco debe devolverse posteriormente.

La prestación forma parte de los beneficios económicos del Seguro Social de Salud y está vinculada directamente con la condición de asegurado y el cumplimiento de los aportes establecidos.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Lactancia?

Para acceder al subsidio por lactancia de EsSalud no basta con que haya nacido el bebé. El asegurado debe cumplir determinadas condiciones relacionadas con su cobertura y sus aportaciones.

Entre los principales requisitos se encuentran los siguientes:

  • El padre o madre asegurado debe contar con derecho de cobertura en EsSalud.
  • El asegurado titular debe encontrarse trabajando al momento del nacimiento del menor.
  • Debe contar con tres meses consecutivos de aportes o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes del nacimiento.
  • El recién nacido debe encontrarse registrado como derechohabiente del asegurado titular.
  • Si la madre del bebé no es la asegurada titular, deberá encontrarse inscrita en EsSalud.
  • El nacimiento debe encontrarse correctamente registrado para que pueda realizarse la validación correspondiente.

Estas condiciones son importantes porque EsSalud comprueba la situación del asegurado antes de autorizar el pago. Tener un hijo recién nacido no genera automáticamente el derecho a recibir los S/820 si no se cumplen las condiciones de aseguramiento exigidas.

¿Cuántos meses de aportes se necesitan para cobrar los S/820?

Una de las principales condiciones está relacionada con los aportes efectuados antes del nacimiento. El asegurado debe acreditar tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos de aportaciones dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que nació el bebé.

Además, debe mantenerse el vínculo laboral al momento del nacimiento. Esto permite que EsSalud determine si el asegurado tenía efectivamente derecho a las prestaciones económicas cuando ocurrió la contingencia.

Por esta razón, antes de realizar un trámite manual conviene verificar que las aportaciones hayan sido declaradas correctamente y que el asegurado figure con cobertura vigente.

¿Cuánto paga EsSalud por lactancia?

El monto establecido para el Subsidio por Lactancia es de S/820. Este dinero se entrega una sola vez por cada recién nacido vivo que cumpla las condiciones del beneficio.

El monto no depende del sueldo del padre o de la madre ni aumenta por tener mayores ingresos o más meses de aportaciones. Si se cumplen las condiciones, corresponde la cantidad fijada por EsSalud.

El beneficio tampoco debe confundirse con el subsidio por maternidad. El subsidio por maternidad compensa determinados días de descanso de la trabajadora asegurada, mientras que el de lactancia es un pago independiente de S/820 para contribuir al cuidado del recién nacido.

¿Cuánto se paga si nacen gemelos o mellizos?

En caso de parto múltiple, EsSalud reconoce el subsidio por cada recién nacido vivo. Esto significa que el monto no se limita a S/820 por parto.

Si nacen dos bebés y se cumplen las condiciones correspondientes, el beneficio puede alcanzar S/1,640. Si nacen tres bebés, el monto total sería de S/2,460.

El criterio utilizado es S/820 por cada niño nacido vivo, por lo que el número de recién nacidos determina el monto total que puede corresponder a la madre.

¿Quién cobra el Bono Lactancia?

El beneficio está destinado principalmente a la madre del recién nacido. El procedimiento puede ser solicitado por la propia madre o por el asegurado titular, dependiendo de la situación.

EsSalud también contempla procedimientos especiales cuando la madre ha fallecido, es menor de edad o ha sido declarada incapaz. En estas situaciones, el pago puede realizarse a otra persona siempre que se presente la documentación que acredite legalmente su condición.

¿Qué sucede si la madre falleció?

Cuando la madre del lactante fallece, el padre puede realizar el procedimiento presentando el documento que acredite su fallecimiento. Cuando corresponda que el cobro sea realizado por un tutor, también deberá acreditarse la tutela del menor.

¿Qué ocurre si la madre es menor de edad?

Si la madre es menor de edad y se encuentra dentro de las condiciones especiales previstas por EsSalud, la prestación puede pagarse mediante su padre, madre o tutor, quienes deberán demostrar esa relación mediante la documentación correspondiente.

¿Qué ocurre si la madre fue declarada incapaz?

En este supuesto, el subsidio puede entregarse mediante el curador legal. Para ello será necesario acreditar esta condición a través de la sentencia judicial u otro documento admitido por las normas vigentes.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar el Subsidio por Lactancia?

Cuando el beneficio no se procesa automáticamente y corresponde realizar una solicitud, el documento principal es el Formulario N.° 1040 de Solicitud de Prestaciones Económicas.

Entre los requisitos generales para el procedimiento se encuentran:

  • Formulario N.° 1040 debidamente llenado y firmado.
  • Documento de identidad original.
  • Política de privacidad para el tratamiento de datos personales cuando corresponda al primer trámite realizado.

Si la solicitud la presenta una tercera persona, también deberá acreditar que cuenta con autorización para efectuar el trámite.

¿Puede otra persona realizar el trámite?

Sí. Cuando el procedimiento sea presentado por una tercera persona, EsSalud solicita una carta poder simple que autorice la realización del trámite.

El representante también deberá identificarse con su documento correspondiente. La finalidad es comprobar que la persona que presenta la solicitud cuenta con autorización del asegurado, madre o tutor, según corresponda.

Existen requisitos adicionales para situaciones especiales, como fallecimiento de la madre, tutela del menor o incapacidad declarada judicialmente.

¿Qué es Lactancia Cero Trámites?

Lactancia Cero Trámites es el mecanismo mediante el cual EsSalud puede procesar el subsidio utilizando la información disponible en los sistemas vinculados al nacimiento del menor, evitando que la madre tenga que iniciar necesariamente una solicitud presencial.

Esta modalidad funciona cuando el nacimiento se produce en establecimientos que cuentan con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea. Esto puede comprender establecimientos de EsSalud, hospitales del Ministerio de Salud, determinadas clínicas privadas y hospitales de las Fuerzas Armadas que utilicen dicho sistema.

La información del nacimiento es contrastada con los registros correspondientes y EsSalud determina si se cumplen las condiciones necesarias para generar el beneficio.

¿Las madres que dieron a luz en una clínica particular pueden recibir los S/820?

Sí. Haber dado a luz en una clínica particular no impide automáticamente acceder al beneficio. La modalidad Lactancia Cero Trámites también puede procesarse cuando el establecimiento privado cuenta con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea.

La misma posibilidad se contempla para hospitales del Minsa y establecimientos de las Fuerzas Armadas que dispongan de este sistema.

Si el pago no puede procesarse automáticamente, la madre o el asegurado puede utilizar las otras alternativas habilitadas por EsSalud para solicitar la prestación.

¿Qué pasa si no aparece el pago en Lactancia Cero Trámites?

Que una madre no aparezca inicialmente con un pago aprobado en la consulta automática no significa necesariamente que haya perdido definitivamente el derecho.

EsSalud señala que, cuando el pago no sea aprobado mediante Lactancia Cero Trámites, el procedimiento puede realizarse utilizando la plataforma virtual VIVA o de manera presencial en una Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas.

En esos casos será necesario revisar primero que se cumplan las condiciones y presentar la documentación correspondiente.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el Bono Lactancia?

El Subsidio por Lactancia tiene un plazo máximo para ser solicitado. EsSalud establece un periodo de seis meses contados desde el término del periodo máximo postparto.

En la orientación oficial para el ciudadano se explica este plazo como 98 días más seis meses contados desde la fecha del nacimiento para un parto común. En caso de parto múltiple, se adicionan 30 días al periodo postparto considerado para este cálculo.

Por ello, es recomendable no dejar el procedimiento para los últimos días. Si el beneficio no fue procesado automáticamente, conviene revisar la situación y realizar la solicitud correspondiente con anticipación.

¿Cuánto demora EsSalud en aprobar el subsidio?

Cuando corresponde realizar el procedimiento regular, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de EsSalud establece un plazo de atención de hasta 15 días hábiles.

Este plazo corresponde al procedimiento administrativo y puede ser diferente a la modalidad automática de Lactancia Cero Trámites. En todos los casos, la aprobación depende de que se cumplan las condiciones y que no existan observaciones en la información proporcionada.

Una vez generada la orden de pago, el beneficiario debe prestar atención al plazo disponible para efectuar el cobro.

¿Cómo se paga el Bono Lactancia?

Una vez aprobado el beneficio, EsSalud genera una orden de pago mediante una entidad bancaria con la que mantiene convenio. La madre podrá conocer la información correspondiente al pago mediante los canales habilitados.

El TUPA de EsSalud establece que la orden de pago permanece disponible en la entidad bancaria durante 20 días hábiles después de haber sido generada. Por esta razón, después de recibir la confirmación conviene efectuar el cobro dentro del periodo indicado.

El trámite del Subsidio por Lactancia es gratuito. No es necesario pagar a intermediarios o tramitadores para obtener el beneficio.

¿Es lo mismo el Bono Lactancia que el subsidio por maternidad?

No. Aunque ambos beneficios están relacionados con el nacimiento de un hijo, tienen objetivos y formas de cálculo diferentes.

El Subsidio por Lactancia consiste en un pago único de S/820 por recién nacido vivo. En cambio, el subsidio por maternidad busca compensar económicamente a la trabajadora asegurada durante el periodo correspondiente a su descanso por maternidad.

Por esta razón, una persona no debe confundir los requisitos, montos ni procedimientos de ambos beneficios al momento de realizar una consulta en EsSalud.

¿Cómo consultar y solicitar el Bono Lactancia de S/820?

El primer paso es comprobar que el asegurado reúna las aportaciones necesarias, que mantuviera vínculo laboral al momento del nacimiento y que el recién nacido se encuentre correctamente registrado como derechohabiente. Si el nacimiento fue registrado mediante el sistema en línea utilizado por el establecimiento de salud, puedes ingresar a Lactancia Cero Trámites de EsSalud y consultar si el beneficio ya fue procesado utilizando los datos solicitados de la madre.

Si la consulta no muestra un pago aprobado y cumples con las condiciones, puedes realizar el procedimiento mediante la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado de EsSalud o acudir a una Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas con el Formulario N.° 1040 y la documentación correspondiente.

Antes de enviar una solicitud, revisa que el recién nacido figure como derechohabiente y que los datos personales se encuentren correctamente registrados. Si el trámite es aprobado, EsSalud generará la orden de pago correspondiente para que la beneficiaria pueda cobrar los S/820 por cada hijo nacido vivo en la entidad financiera indicada.

Te Recomendamos:
Índice:
  1. ¿Qué es el Bono Lactancia de S/820 de EsSalud?
  2. ¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Lactancia?
  3. ¿Cuántos meses de aportes se necesitan para cobrar los S/820?
  4. ¿Cuánto paga EsSalud por lactancia?
  5. ¿Cuánto se paga si nacen gemelos o mellizos?
  6. ¿Quién cobra el Bono Lactancia?
  7. ¿Qué documentos se necesitan para solicitar el Subsidio por Lactancia?
  8. ¿Puede otra persona realizar el trámite?
  9. ¿Qué es Lactancia Cero Trámites?
  10. ¿Las madres que dieron a luz en una clínica particular pueden recibir los S/820?
  11. ¿Qué pasa si no aparece el pago en Lactancia Cero Trámites?
  12. ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el Bono Lactancia?
  13. ¿Cuánto demora EsSalud en aprobar el subsidio?
  14. ¿Cómo se paga el Bono Lactancia?
  15. ¿Es lo mismo el Bono Lactancia que el subsidio por maternidad?
  16. ¿Cómo consultar y solicitar el Bono Lactancia de S/820?

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