¿Qué pasa si no pago la multa por no votar en elecciones?

El Jurado Nacional de Elecciones establece multas para quienes no acuden a votar o incumplen sus funciones como miembros de mesa. Conoce cuánto debes pagar, qué sucede si tienes una deuda y cómo solicitar una dispensa.
Consecuencias de no pagar las multas electorales

En el Perú, los ciudadanos que no participan en una jornada electoral pueden recibir una multa económica por no votar, cuyo importe depende del nivel de pobreza del distrito registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI). El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es la entidad encargada de administrar estas sanciones, registrar los pagos y tramitar las solicitudes de dispensa por inasistencia justificada.

Las multas por omisión al sufragio pueden alcanzar los S/110 en distritos no pobres, S/55 en distritos pobres y S/27,50 en distritos de pobreza extrema, de acuerdo con la tabla de sanciones comunicada por el JNE. Para los miembros de mesa que incumplen sus funciones, la multa es de S/275, independientemente del nivel de pobreza de su distrito.

Una multa electoral pendiente continúa registrada como una obligación económica hasta que sea cancelada, dispensada o extinguida mediante el procedimiento legal correspondiente. El JNE cuenta con mecanismos de cobranza y puede iniciar un procedimiento coactivo cuando la deuda es exigible. Los ciudadanos también disponen de plataformas digitales para consultar sus multas con DNI, pagarlas por internet o solicitar una dispensa cuando tuvieron un motivo justificado para no votar.

¿Qué sucede si no pago la multa por no votar?

Cuando una persona no paga su multa electoral, la obligación permanece registrada en el sistema del Jurado Nacional de Elecciones. La institución puede realizar acciones de cobranza para recuperar el importe pendiente, siguiendo los procedimientos establecidos por la normativa.

Entre las principales consecuencias de mantener una multa electoral sin pagar se encuentran:

  • Registro de la deuda: La multa permanece asociada al DNI del ciudadano y puede consultarse mediante la plataforma oficial del JNE.
  • Notificación de cobranza: El organismo electoral puede comunicar formalmente la obligación y solicitar su cancelación.
  • Cobranza coactiva: Cuando se cumplen las condiciones legales, la deuda puede pasar a un procedimiento de ejecución coactiva.
  • Embargo de cuentas bancarias: El ejecutor coactivo puede ordenar medidas de embargo para asegurar el cobro de multas exigibles.
  • Acumulación de multas: Si el ciudadano incumple su obligación de votar en diferentes procesos electorales, puede registrar varias sanciones pendientes.

El JNE establece que la resolución de multa es el primer acto administrativo del procedimiento de cobranza. Una vez notificado, el ciudadano dispone de 15 días hábiles para pagar o presentar los recursos administrativos que correspondan.

La institución también contempla mecanismos para regularizar la deuda, entre ellos el pago, la dispensa por una causa justificada y la prescripción cuando se cumplen los requisitos legales.

¿Cuánto es la multa por no votar en Perú?

El monto de la multa depende de la clasificación del distrito donde se encuentra registrado el elector. Esta clasificación es establecida a partir de la información del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

La Ley N.º 28859 establece porcentajes diferenciados según el nivel de pobreza y la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Los montos comunicados por el JNE son los siguientes:

Clasificación del distritoPorcentaje de UITMulta
Distrito no pobre2 %S/110,00
Distrito pobre1 %S/55,00
Distrito de pobreza extrema0,5 %S/27,50
No cumplir como miembro de mesa5 %S/275,00

Estas cantidades corresponden a la tabla oficial calculada con una UIT de S/5.500. Los importes pueden actualizarse cuando cambia el valor de la UIT aplicable al proceso electoral.

La clasificación considera el distrito que corresponde al elector en el padrón electoral, por lo que dos ciudadanos de diferentes localidades pueden recibir multas distintas por una misma omisión.

¿Qué pasa si soy miembro de mesa y tampoco voy a votar?

Los ciudadanos designados como miembros de mesa tienen la obligación de cumplir las funciones asignadas durante la jornada electoral.

Si un miembro de mesa no se presenta y tampoco emite su voto, puede recibir dos multas diferentes: una por incumplir su función electoral y otra por no sufragar.

Por ejemplo, para una persona registrada en un distrito no pobre, el cálculo sería:

InfracciónMulta
No asistir como miembro de mesaS/275
No acudir a votarS/110
TotalS/385

La multa por incumplir las funciones de miembro de mesa también puede aplicarse a los electores que, estando presentes y siendo requeridos para integrar una mesa por ausencia de sus miembros, se niegan injustificadamente a desempeñar esa función.

Consecuencias de no pagar las multas electorales

Los ciudadanos que no pagan sus multas por no votar o por incumplir sus funciones como miembros de mesa mantienen una deuda pendiente ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Entre las principales consecuencias se encuentran:

  • Deuda electoral pendiente: La multa permanece registrada en el sistema del JNE hasta que sea pagada o se resuelva mediante un procedimiento legal.
  • Notificaciones de cobranza: El JNE puede notificar al ciudadano para exigir el pago de la multa.
  • Cobranza coactiva: Si la deuda es exigible y no se regulariza, el JNE puede iniciar un procedimiento de ejecución coactiva.
  • Embargo de cuentas bancarias: Durante la cobranza coactiva pueden ordenarse medidas de embargo sobre fondos bancarios y otros bienes, conforme a ley.
  • Acumulación de multas: Si el ciudadano no vota en diferentes procesos electorales, puede acumular varias multas independientes.
  • Trámites civiles y administrativos: Algunas páginas informativas del JNE mencionan impedimentos para realizar trámites notariales, matrimonios, contratos, obtener brevete o acceder a programas sociales. Sin embargo, la plataforma actual de consulta del JNE aclara que tener multas pendientes no restringe por sí solo el ejercicio de estos derechos.

Importante: Tener multas electorales pendientes no impide volver a votar ni invalida el DNI. Los ciudadanos pueden regularizar sus obligaciones mediante el pago, solicitar una dispensa cuando exista una causa justificada o pedir la prescripción si cumplen los requisitos legales.

¿Puedo hacer trámites con una multa electoral pendiente?

El sistema actual de Consulta de Multas Electorales del JNE señala expresamente que la existencia de multas pendientes no restringe por sí sola el uso del DNI ni el ejercicio de derechos civiles, comerciales, administrativos, judiciales o notariales.

Sin embargo, otras páginas informativas del mismo organismo todavía describen restricciones asociadas a las multas electorales conforme a la Ley N.º 28859. Debido a esta diferencia entre publicaciones institucionales, los ciudadanos que necesiten realizar un trámite específico pueden confirmar las condiciones directamente con el JNE o con la entidad responsable.

En cualquier caso, una multa pendiente conserva su condición de obligación económica exigible y puede ser materia de cobranza coactiva.

¿Puedo renovar mi DNI si tengo multas electorales?

La plataforma de consulta del JNE indica que tener multas pendientes no restringe el uso del Documento Nacional de Identidad. La renovación del DNI corresponde al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), entidad encargada de establecer los requisitos de identificación.

Por ello, la consulta de una multa electoral y la renovación del documento de identidad son procedimientos distintos.

¿Puedo votar nuevamente si tengo una multa pendiente?

Sí. Una multa electoral pendiente no impide participar en futuras elecciones. El ciudadano mantiene su derecho al sufragio y puede acudir al local de votación que le corresponda.

El Ministerio de Relaciones Exteriores también precisa que no es necesario pagar multas electorales anteriores para ejercer nuevamente el derecho al voto.

¿Pueden embargar mi cuenta bancaria por no pagar una multa electoral?

El JNE tiene facultades para iniciar procedimientos de cobranza coactiva y ordenar medidas de embargo cuando una multa cumple las condiciones legales para ser exigida.

La institución explica que una de las medidas posibles es la retención de fondos depositados en cuentas bancarias, mediante una orden dirigida a la entidad financiera correspondiente.

El procedimiento comprende actuaciones administrativas y notificaciones que permiten al ciudadano conocer la deuda y las medidas adoptadas.

Si una persona cancela la multa después de haberse dictado un embargo, la Ejecutoria Coactiva del JNE debe emitir de oficio el levantamiento de la medida y comunicarlo a la entidad financiera.

Según la información institucional, el banco dispone de dos días hábiles para ejecutar la resolución de levantamiento de embargo una vez que recibe la notificación correspondiente.

¿Cómo saber si tengo una multa por no votar con mi DNI?

El Jurado Nacional de Elecciones cuenta con una plataforma gratuita que permite consultar las multas electorales pendientes. El servicio identifica las sanciones registradas por omisión al sufragio, inasistencia como miembro de mesa o negativa a integrar una mesa electoral.

Para realizar la consulta se deben seguir estos pasos:

  1. Paso 1: Ingresa a la plataforma oficial. Accede al sistema de Consulta de Multas Electorales del JNE. Para iniciar la búsqueda, consulta aquí e ingresa al formulario.
  2. Paso 2: Escribe tu DNI. Ingresa los ocho dígitos de tu Documento Nacional de Identidad.
  3. Paso 3: Completa el código de seguridad. Digita el código CAPTCHA que aparece en la pantalla.
  4. Paso 4: Acepta las condiciones. Marca la casilla correspondiente a los términos y condiciones de uso del sistema.
  5. Paso 5: Consulta tus multas. Presiona la opción de búsqueda y revisa si existen sanciones pendientes asociadas a tu DNI.

Cuando existen multas registradas, el sistema muestra la información disponible sobre las obligaciones electorales, incluido el tipo de infracción y el importe pendiente.

La plataforma también permite conocer la etapa de cobranza en la que se encuentra la obligación.

¿Dónde y cómo pagar una multa por no votar?

Las multas electorales pueden pagarse por internet o de manera presencial. El JNE dispone de un sistema digital de recaudación y también permite realizar pagos mediante el Banco de la Nación.

Pago de multas electorales por internet

El procedimiento digital puede realizarse desde un celular o computadora mediante la plataforma de Pagos en Línea del JNE.

  1. Paso 1: Accede al sistema de pagos. Ingresa al servicio oficial del Jurado Nacional de Elecciones. Para realizar el trámite, ingresa aquí y selecciona la opción para pagar multas.
  2. Paso 2: Registra tu DNI. Escribe el número de documento correspondiente al ciudadano que tiene la multa.
  3. Paso 3: Selecciona las obligaciones. Elige la multa o las multas electorales que deseas cancelar.
  4. Paso 4: Completa el pago. Utiliza uno de los medios de pago habilitados por la plataforma.
  5. Paso 5: Guarda tu constancia. Conserva el comprobante de pago para acreditar la cancelación de la deuda.

El sistema permite realizar pagos con tarjetas de crédito o débito de las redes aceptadas y está disponible para ciudadanos que se encuentran dentro o fuera del Perú.

Pago presencial en el Banco de la Nación

Los ciudadanos también pueden cancelar las multas electorales en las agencias del Banco de la Nación.

Para ello, deben acudir a una oficina bancaria, indicar que desean pagar una multa electoral del JNE y proporcionar el número de DNI del ciudadano sancionado.

El pago también puede realizarse mediante el servicio digital Págalo.pe, seleccionando la entidad Jurado Nacional de Elecciones y el concepto correspondiente.

Una vez efectuado el pago, es recomendable conservar la constancia y verificar posteriormente que la obligación figure cancelada.

¿Cómo solicitar una dispensa para no pagar la multa electoral?

El JNE contempla un procedimiento de dispensa electoral dirigido a los ciudadanos que no pudieron acudir a votar por una causa debidamente justificada.

Esta solicitud permite pedir que se deje sin efecto la multa cuando se acredita alguno de los motivos admitidos por el reglamento correspondiente.

Entre las causas que pueden sustentar una dispensa se encuentran:

  • Problemas de salud: Enfermedades o situaciones médicas acreditadas mediante certificado o documento correspondiente.
  • Desastres naturales: Emergencias que impidieron el desplazamiento al local de votación.
  • Fallecimiento de un familiar directo: Situaciones comprendidas en las causales admitidas por el JNE.
  • Robo o pérdida del DNI: Cuando ocurre dentro de los plazos y condiciones establecidos.
  • Viajes al extranjero por salud o estudios: Siempre que se presenten los documentos exigidos.
  • Discapacidad: Situaciones acreditadas mediante la documentación correspondiente.
  • Error en el padrón electoral: Cuando se comprueba una incidencia atribuible a las entidades electorales.
  • Otras situaciones excepcionales: Casos debidamente sustentados que se encuentren contemplados en el reglamento.

La dispensa por no votar es diferente de la justificación por incumplimiento de funciones como miembro de mesa, aunque ambos procedimientos pueden tramitarse mediante el sistema virtual del JNE.

Pasos para solicitar una dispensa electoral

Los ciudadanos pueden presentar su solicitud mediante el Sistema de Dispensa Virtual (SISDIV) del Jurado Nacional de Elecciones.

  1. Paso 1: Ingresa al Sistema de Dispensa Virtual. Accede desde el portal institucional del JNE y regístrate o inicia sesión con tu DNI.
  2. Paso 2: Selecciona la multa. Identifica el proceso electoral y la obligación para la cual deseas solicitar una dispensa.
  3. Paso 3: Indica el motivo. Selecciona la causal que explica por qué no pudiste acudir a votar.
  4. Paso 4: Adjunta tus documentos. Presenta el certificado, constancia, denuncia u otro documento que acredite la situación declarada.
  5. Paso 5: Registra el pago del trámite, si corresponde. Ingresa los datos del comprobante cuando la causal seleccionada exige el pago de una tasa.
  6. Paso 6: Envía la solicitud. Completa tus datos personales y verifica que el correo electrónico esté correctamente registrado.
  7. Paso 7: Consulta el resultado. Conserva el número de expediente y revisa las notificaciones emitidas por el JNE.

El organismo electoral informa que estas solicitudes pueden tramitarse desde el día siguiente de la elección y hasta antes de emitida una resolución de medida cautelar de embargo dentro del procedimiento de ejecución coactiva.

¿Cuánto cuesta presentar una dispensa electoral?

El derecho de trámite de una dispensa o justificación electoral es de S/25,90 cuando corresponde efectuar el pago.

El JNE utiliza el código 01465 del Banco de la Nación para este procedimiento. Si una persona solicita dispensa por no votar y justificación por no cumplir como miembro de mesa dentro del mismo proceso electoral, se contempla el pago de una sola tasa.

Sin embargo, existen causas que permiten realizar el trámite sin pagar el derecho correspondiente.

Entre las causales exoneradas del pago se encuentran:

  • Desastres naturales o de origen humano.
  • Errores en el padrón electoral.
  • Discapacidad física, mental, sensorial o intelectual.
  • Prisión.
  • Función electoral.
  • Incidencias atribuibles a las entidades del sistema electoral.

La exoneración del derecho de trámite depende de la causal acreditada. La aprobación de la dispensa está sujeta a la evaluación de los documentos presentados.

¿Qué personas no pagan multa por no votar?

En Perú existen condiciones especiales que permiten a determinados ciudadanos ejercer el voto de manera facultativa o quedar exceptuados de la multa por omisión al sufragio.

Personas de 70 años a más

Los ciudadanos que tienen 70 años o más no están obligados a votar. La Constitución establece que, a partir de esa edad, el ejercicio del sufragio es facultativo.

Por ello, pueden participar voluntariamente en las elecciones, pero no reciben una multa por decidir no acudir a votar.

Peruanos con domicilio electoral en el extranjero

Los peruanos que tienen domicilio registrado en el extranjero en su DNI y forman parte del padrón electoral correspondiente no están sujetos a multa por omisión al sufragio.

La situación es diferente cuando una persona vive en el extranjero, pero continúa teniendo una dirección peruana registrada en su DNI. En ese caso, puede ser considerada dentro del padrón electoral nacional y estar sujeta a la multa correspondiente.

Personas con discapacidad y situaciones justificadas

El JNE contempla mecanismos de dispensa y justificación para ciudadanos con discapacidad y otras situaciones reconocidas por el reglamento electoral.

Cuando la condición de discapacidad se encuentra registrada en los sistemas oficiales correspondientes, pueden aplicarse mecanismos de justificación de oficio conforme a las disposiciones del organismo electoral.

¿Las multas por no votar prescriben?

El Jurado Nacional de Elecciones contempla la prescripción de multas electorales cuando se cumplen los plazos y condiciones establecidos por la normativa.

La entidad distingue dos modalidades:

  • Prescripción de la facultad para determinar la multa: Tiene un plazo de cuatro años, contado desde la infracción electoral, sujeto a las reglas de suspensión correspondientes.
  • Prescripción de la exigibilidad de la multa: Contempla un plazo de dos años desde que quedó firme el acto que exige el pago, sujeto a las condiciones legales aplicables.

La prescripción no debe presumirse únicamente por la antigüedad de una multa. El ciudadano puede solicitar una evaluación de su situación mediante la Mesa de Partes Virtual del JNE.

Para este procedimiento se presenta un escrito dirigido a la Unidad de Cobranza, identificando al solicitante y las multas cuya prescripción se pide. La institución informa que este trámite es gratuito y contempla un plazo de atención de 30 días hábiles.

Antes de solicitar la prescripción, el interesado puede consultar el registro oficial de multas para conocer el proceso electoral, el importe y la etapa de cobranza de cada obligación.

Te Recomendamos:
Índice:
  1. ¿Qué sucede si no pago la multa por no votar?
  2. ¿Cuánto es la multa por no votar en Perú?
  3. Consecuencias de no pagar las multas electorales
  4. ¿Puedo hacer trámites con una multa electoral pendiente?
  5. ¿Pueden embargar mi cuenta bancaria por no pagar una multa electoral?
  6. ¿Cómo saber si tengo una multa por no votar con mi DNI?
  7. ¿Dónde y cómo pagar una multa por no votar?
  8. ¿Cómo solicitar una dispensa para no pagar la multa electoral?
  9. ¿Cuánto cuesta presentar una dispensa electoral?
  10. ¿Qué personas no pagan multa por no votar?
  11. ¿Las multas por no votar prescriben?

El Perú

Somos un diario digital comprometido con la transparencia y la excelencia en el periodismo.

📲 Únete al canal de Diario El Perú

Únete para mantenerte informado con las últimas noticias de Perú, bonos y ayudas sociales.

UNIRME AL CANAL

Contenido Interesante de el Perú.